Requisitos de Avaluadores

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Hasta el 19 de Febrero del 2010 se tiene contemplado recibir los documentos para acreditarse como avaluador para Ley 49 del 2009.

Dentro de la documentación se debe incluir:

  • Nota dirigida al Director de Catastro, Licdo. Publio R. Cortés.
  • Hoja de Vida del Idóneo
  • Copia de Idoneidad respectiva o Número de Idoneidad con el que se pueda comprobar el gremio al que pertenece
  • Certificación de avalúos realizados anteriormente a otras instituciones
  • Dirección, teléfono y correo electrónico para anexarlo a base de datos que estarán en la página web.
  • Para persona jurídica: Registro de la Sociedad Anónima y Empresa, listado de avaluadores autorizados por la Empresa y sus respectivas hojas de vida. Adjunto certificación de avalúos realizados.