El Resuelto Nº 101 del 2 julio de 1999, es la base legal mediante el cual se fusiona la Dirección General de Catastro y la Dirección de Bienes Patrimoniales. A la fecha se mantienen vigentes las Leyes Nº 63 de 31 de julio de 1973, la cual crea la Dirección General de Catastro, y el Decreto Nº 34 del 3 de mayo de 1985 en el cual se definen las funciones de la Dirección de Bienes Patrimoniales.
La Dirección General de Catastro y Bienes Patrimoniales agrupa en su seno dos Instituciones que tienen un marcado impacto en el desarrollo económico nacional. La dependencia de Catastro maneja lo relativo a las tierras y bienes inmuebles. El Catastro constituye el registro coherente, veraz y actualizado de cuales son, cómo son, donde están ubicadas y cuánto valen las propiedades inmobiliarias.
Desde tiempo inmemorial la tierra ha constituido la base fundamental sobre la cual se sustenta el desarrollo de un determinado país o región y de allí la importancia que cobra el catastro como la herramienta que puede garantizar equidad en este desarrollo permitiendo planificar, registrar, controlar y decidir las normas en la búsqueda del verdadero desarrollo social y económico que requiere el país.
